Abogado de Lesiones del Trabajador Portuario
Protección de los Derechos de los Trabajadores Portuarios Lesionados
Cada empleador es responsable por ley de proporcionar un lugar de trabajo y condiciones de trabajo seguras para sus empleados. Los empleos marítimos requieren diligencia y capacitación adicionales para garantizar la seguridad frente a los riesgos en los muelles y en los astilleros. Los trabajadores portuarios, incluidos los constructores navales, los armadores y los desguazadores también tienen la responsabilidad de seguir las normas estrictas de seguridad y de estar alertas en todo momento a cualquier peligro potencial.
Los trabajadores portuarios pueden recibir resarcimiento si se lesionan estando en relación laboral con una empresa de Estados Unidos, y un abogado de lesiones marítimas de nuestro estudio puede ayudar con una reclamación por un incidente de esta índole. El trabajo con buques es difícil y peligroso, e incluso con las normas federales de seguridad en funcionamiento, los trabajadores podrían sufrir lesiones graves o incluso fallecer, en sus actividades laborales diarias. Si ha sufrido una lesión grave desempeñando funciones como trabajador portuario, está en su derecho de pedir indemnización a su empleador para proteger su salud, su familia y su medio de vida. Si un ser querido suyo ha fallecido en el ejercicio de las tareas de astillero también es posible que pueda presentar una reclamación.
Los abogados de Arnold & Itkin LLP tienen amplia experiencia y un historial de éxito con casos marítimos. Nosotros representamos a trabajadores portuarios a lo largo de los EE. UU., incluido a lo largo de la costa del Golfo en Texas, Louisiana, Mississippi y Alabama, y trabajaremos para obtener el resarcimiento que se merece. Lo invitamos a llamar a nuestra oficina para una consulta confidencial y gratuita.
Prácticas Inseguras: Derechos de los Trabajadores Portuarios
Los trabajadores portuarios que intervienen en la construcción, la transformación, la renovación, la reparación, la modificación, el servicio de dique seco y el equipamiento de los buques, deben operar maquinaria y equipos de gran tamaño. Todo trabajador tiene el derecho a negarse a participar en prácticas inseguras que considera una violación directa de las normas, los reglamentos y los requisitos establecidos en las directivas de la Administración de Seguridad y Salud Ocupacional, que se encuentran en la parte 1915 de las Normas de Seguridad y Salud Ocupacional para el Empleo en Astilleros, de OSHA. Además, estos trabajadores no pueden ser despedidos, suspendidos o discriminados de otra forma por presentar quejas o por negarse a involucrarse en prácticas peligrosas.
La Ley de Seguro de Compensación para Trabajadores Marítimos y Portuarios
La Ley de Seguro de Compensación para Trabajadores Marítimos y Portuarios (LHWCA) proporciona protección frente a lesiones de empleo y enfermedades laborales a los empleados que sufren lesiones mientras trabajan en las aguas navegables de los Estados Unidos. Para los trabajadores portuarios, la ley abarca beneficios por riesgos de trabajo que se encuentran en los astilleros situados en aguas navegables, que incluyen instalaciones anexas en tierra como embarcaderos, varaderos, diques secos, terminales, gradas y otras áreas habitualmente utilizadas por el empleador en las tareas de construcción naval.
La ley prevé el resarcimiento por incapacidad y atención médica a los empleados con discapacidad por lesiones sufridas en el desempeño de funciones marítimas. Si el trabajador fallece por su lesión, la LHWCA también puede proporcionar beneficios a quienes lo sobreviven. Cualquier marinero amparado por la Ley Jones y otros trabajadores protegidos por su ley estatal de compensación a los trabajadores, no están cubiertos por la LHWCA.
La Ley de Seguro de Compensación para Trabajadores Marítimos y Portuarios es similar a muchas leyes de compensación a trabajadores estatales ya que no requiere que el empleador se halle en falta en la lesión del empleado. Sin embargo, cuando se trata de prestaciones por enfermedades profesionales, los astilleros pueden afirmar que el accidente de trabajo se debió al trabajo en un astillero anterior. Sin embargo, bajo la "regla del último empleador marítimo" de la LHWCA, el último empleador es responsable de cumplir con la indemnización.
Es sabido que los astilleros presentan riesgos laborales a los trabajadores a través de la exposición al amianto. La industria marítima comercial hizo un amplio uso de materiales que contienen amianto en la construcción y la renovación de sus buques, y en el pasado miles de trabajadores podrían haber sido expuestos al amianto al trabajar en los astilleros y diques secos. Hay casos de sobrevivientes a los que se les ha otorgado resarcimiento en virtud de la LHWCA, debido a fallecimientos por enfermedades relacionadas con el amianto.
Los beneficios financieros de indemnización previstos por la Ley de Seguro de Compensación para Trabajadores Marítimos y Portuarios pueden incluir:
- beneficios médicos y por discapacidad;
- servicios de rehabilitación;
- resarcimiento por homicidio culposo para quienes sobreviven a los trabajadores marítimos
que mueren por accidentes de trabajo; y - beneficios médicos por enfermedades profesionales que se presentan
de forma natural a causa del trabajo marítimo. - Los empleados también pueden ser elegibles para rehabilitación profesional.
Los compensación efectiva para trabajadores con discapacidad se paga a una tasa de aproximadamente dos tercios del salario semanal promedio del empleado por toda duración de la lesión y sus secuelas. Esta proporción está sujeta a montos semanales máximos y mínimos. Los beneficios a un cónyuge supérstite equivalen a aproximadamente la mitad del salario promedio semanal del fallecido, y un adicional de 16 2/3 por ciento para los hijos que lo sobreviven. El demandante se considera permanente y totalmente incapacitado si carece en su totalidad de la capacidad para generar ingresos en cualquier trabajo.
Trabajar con un Abogado de Lesiones Marítimas
Debido a las complejidades y a los desafíos que presenta el derecho marítimo, no se debe demorar al iniciar una reclamación por beneficios al amparo de la Ley de Seguro de Compensación para Trabajadores Marítimos y Portuarios. Un empleado portuario que ha sufrido lesiones debe notificar a su empleador su lesión dentro de los 30 días posteriores a su ocurrencia, a su vez debe presentar un reclamo formal de beneficios antes que se cumpla el año de ocurrida la misma. Si usted no cumple con estos requisitos podría correr el riesgo de perder sus beneficios por completo.
Contacte con un abogado de lesiones marítimas de nuestra firma hoy para conversar sobre sus derechos como trabajador portuario.